Instan a API Manzanillo entregar copia certificada de planta laboral

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El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Administración Portuaria Integral (API) de Manzanillo, entregar, en copia certificada y de manera gratuita, información sobre las percepciones de sus trabajadores.

También, API Manzanillo tiene que informar sobre su participación en las utilidades de la empresa, respecto del ejercicio fiscal 2017.

Al presentar el asunto ante el pleno, el comisionado presidente Francisco Javier Acuña Llamas destacó que genera “una duda razonable el hecho de que el sujeto obligado pretenda cobrar, en forma excesiva, la copia certificada de la información solicitada”.

“A veces no basta pedir solamente que se certifique, eso tiene un costo de reproducción, la información no tiene precio, sólo cuesta reproducirla cuando se pide una modalidad específica, pero no de manera desproporcionada a lo que pueden costar las copias”, destacó.

Un particular solicitó, respecto del ejercicio fiscal 2017 y en copia certificada, le fuese proporcionado el monto de la Renta Gravable que se obtuvo, antes de pagar el Impuesto Sobre la Renta y la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa; nombre y puesto de todos ellos; los días que laboraron, y el monto del salario anual y quincenal que se pagó a cada uno.

El sujeto obligado entregó lo requerido, vía la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), pero el particular presentó recurso de inconformidad ante el INAI, en el que manifestó que API Manzanillo no había atendido la modalidad de entrega solicitada, es decir, en copia certificada entregada en su domicilio.

En alegatos, el sujeto obligado señaló que, para la entrega de copias certificadas, cada hoja tenía un costo de 50 pesos, por lo que una vez cubiertos los gastos, se haría llegar la información al domicilio del particular, toda vez que éste se encontraba dentro del territorio donde se ubica la API Manzanillo.

En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Acuña Llamas confirmó que, efectivamente, la entrega de información no correspondió con la modalidad de entrega solicitada por el particular y el sujeto obligado no fundamentó ni motivó la necesidad de efectuar dicho cambio, es decir, no señaló razones particulares, circunstancias especiales o causas específicas.

Además, se consideró que los alegatos se apartaron totalmente de la legalidad, ya que, si bien se establece que la información será remitida al domicilio del solicitante, por encontrarse dentro del territorio donde se localiza el sujeto obligado, no se señala de manera, clara y precisa, si el envío generaría el cobro de cuota alguna.

Por otra parte, el costo por unidad de copia certificada asciende a 50 pesos, cantidad que es notoriamente excesiva.

NTX

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