El Gobierno de Canarias ha dado su visto bueno al Proyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Policía y Gestión de los puertos de gestión directa de la Comunidad Autónoma.
Este documento tiene por objeto regular el funcionamiento de los servicios y operaciones, así como los usos y actividades, que se desarrollen en dicho ámbito, estableciendo las actuaciones a desarrollar para los supuestos de incumplimiento de la normativa.
El reglamento es de aplicación a los puertos del Grupo I y III, que se encuentren en explotación directa por la Administración portuaria canaria, detallados en el anexo de la Ley de Puertos de Canarias.
Los oficiales de puertos son los agentes administrativos y de policía especial del dominio público portuario y del servicio portuario de gestión directa de la Administración portuaria canaria.
Su actuación se realiza bajo la jefatura inmediata y directa del Director Gerente o cargo análogo de la Administración portuaria canaria, siguiendo las instrucciones de la Jefatura de Explotación.
Por su parte, los vigilantes de seguridad privada son aquellos empleados asignados por la empresa contratista de la prestación de servicios de vigilancia en los puertos gestionados directamente por la Administración portuaria canaria.
EuropPress