Actualizan norma sobre puertos de base de buques pesqueros en España

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El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama) elaboró un proyecto de Real Decreto por el que se actualiza la normativa de 1997 sobre el establecimiento y cambios de base de las embarcaciones pesqueras.

El borrador ya fue remitido a las comunidades autónomas, a las organizaciones y asociaciones de ámbito nacional del sector pesquero y a los agentes sociales.

El decreto establece la ‘necesaria vinculación’ que tiene el puerto base de los buques con las diferentes medidas de regulación de la pesca marítima. Por ello, todos los barcos que operen con pabellón español deben estar radicados en un puerto base, desde el cual realicen la mayor parte de sus operaciones pesqueras.

El Real Decreto fija las condiciones para autorizar el establecimiento inicial o los cambios permanentes de puerto base, informó el Magrama.

La autoridad tuvo en cuenta especialmente a los barcos que pescan en aguas lejanas y que, solo en algunas ocasiones, recalan en puertos de España. Para estos buques, el puerto base será aquel con el que mantengan una vinculación socioeconómica destacable.

Asimismo, el Magrama tuvo en cuenta la necesaria movilidad de las embarcaciones, por lo que estableció disposiciones que les permitirán cambiar temporalmente de terminal portuaria base.

Mediante esta propuesta, el Gobierno español cumple con los objetivos previstos relativos a la actualización y simplificación de la normativa pesquera, tal como lo exige la Ley de Pesca Marítima del Estado.

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