El Gobierno español aprueba el anteproyecto de ley que regulará la protección social en el sector marítimo

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El Gobierno ha aprobado este viernes en el Consejo de Ministros el informe sobre el anteproyecto de ley reguladora de la protección social de los trabajadores del sector marítimo-pesquero.

En concreto, se trata de una norma “que regula de forma completa la protección social de los trabajadores del mar” y que se recoge en un “único texto”, según ha explicado en rueda de prensa la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría.

Sáenz de Santamaría ha señalado que entre las novedades destaca la “incorporación de trabajadores al Régimen Especial de la Seguridad Social del Mar, tanto autónomos como asalariados, que durante años han reivindicado su encuadramiento en este régimen”.

La norma pretende una simplificación en cuanto a la regulación del Régimen del Mar, ya que recoge solamente las especificidades del mismo en materia de cotización y coeficientes reductores de la edad de jubilación. En todo lo demás, el texto remite a la normativa general de la Seguridad Social, con lo que se evitan duplicidades en la regulación.

De esta forma, la regulación incluye la prestación de asistencia sanitaria y actividades formativas a los trabajadores del sector. En 2014, la salud del medio marítimo, que incluye una amplia cartera de servicios y actividades de prevención, contabilizó 54.313 reconocimientos médicos, 75.378 pruebas médicas complementarias, y la revisión de 7.726 revisiones botiquines.

Por otra parte, se define a los beneficiarios de las prestaciones que gestiona el Instituto Social de la Marina (ISM) independientemente del régimen en que se hallen encuadrados.

En concreto, la futura ley estructura el Régimen Especial de Trabajadores del Mar en dos grandes grupos: autónomos y asalariados, y termina con modalidades ficticias de encuadramiento como la de los armadores embarcados.

Por primera vez una norma con rango legal definirá a los beneficiarios de la protección social específica que lleva a cabo el ISM, trabajadores del sector que no están encuadrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.

Mientras que se clarifica el concepto de estibador portuario de acuerdo con la definición realizada en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

El anteproyecto da cumplimiento a reivindicaciones del sector en relación con los colectivos integrados en el Régimen Especial, que se configura con dos grandes colectivos: los trabajadores por cuenta ajena y los trabajadores por cuenta propia.

De esta forma, se incorporan al colectivo de trabajadores por cuenta ajena del Régimen Especial de la Seguridad Social del Mar el personal que presta sus servicios en plataformas fijas, se incluyen las plataformas petrolíferas, de gas o similares, los trabajadores dedicados a la acuicultura, los buceadores, tanto a los extractores de recursos marinos como a los profesionales con exclusión de los recreativos, los rederos, los estibadores portuarios, y los prácticos de Puerto.

En el texto también se recogen las incorporaciones de autónomos al Régimen Especial del Mar, donde figuran el autónomo de Marina Mercante o de embarcaciones deportivas y de recreo o de tráfico interior de puerto, además aquellos que realizan actividades relacionadas con la pesca, se trata de una de las más constantes petición del sector, el autónomo de pesca marítima en cualquiera de sus modalidades, se regula expresamente el concepto de acuicultura y buceadores.

EuropaPress

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